
La plusvalía municipal es un impuesto que se paga al Ayuntamiento cuando se realiza la venta o donación de un inmueble. Para el caso de venta, debe abonar el impuesto la persona que vende la propiedad. Y en el supuesto de donación, deberá liquidar el impuesto la persona que recibe el inmueble. El nombre técnico de la plusvalía es Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Las problemáticas que ha generado este impuesto y que lo han llevado a la actualidad informativa viene relacionadas con los cambios experimentados por nuestro sistema económico. En un principio se consideraba que la venta de un inmueble llevaba consigo un aumento de las ganancias sobre el precio con el que se adquirió. Sin embargo, la crisis cambió esta asociación, puesto que empezaron a venderse propiedades por debajo del precio de adquisición, hecho que no impedía que los Ayuntamientos siguieran exigiendo el pago del impuesto aun cuando se vendiera a pérdidas. De ahí que saltara la polémica sobre la adecuación de este impuesto, llegando incluso al Tribunal Supremo.
En cuanto al valor de este impuesto, varía de una Comunidad Autónoma a otra y se rige por el valor del terreno en el momento en el que se hace la transmisión y por la cantidad de años durante los cuales la persona que transmite el inmueble ha sido propietaria. Además, existen supuestos que están exentos de pago, como puede ser la transmisión de inmuebles entre cónyuges.
Para consultar cuánto te corresponderá pagar de plusvalía municipal, deberás acudir al Ayuntamiento a donde pertenezca la propiedad que vas a vender.
Para más información sobre la liquidación de la plusvalía municipal, puedes ponerte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderte.