
Después de haber encontrado la vivienda que nos gusta, haber examinado sus características físicas y su situación jurídica, el siguiente paso consiste en buscar hipoteca para financiar la compra de la vivienda.
En la actualidad, la mayoría de las compraventas de viviendas se pagan mediante hipoteca, es decir, obteniendo un préstamo hipotecario a través del cual financiar la adquisición. De esta manera, el banco prestamista (el que presta el dinero) paga el importe del precio de la vivienda al vendedor, y el comprador queda obligado a devolver al banco lo que haya pagado, abonando además un interés determinado.
La garantía del banco para que el comprador le devuelva el dinero es la constitución de un derecho real de garantía, que se llama hipoteca. La hipoteca solo existe cuando se inscribe en el Registro de la Propiedad. Y esta inscripción es la que permite al banco exigir la venta de la vivienda cuando el comprador no cumple con los plazos de devolución del préstamo. De este modo, el banco se cobra el dinero que ha prestado con el precio que obtenga con la venta de la vivienda.
En la búsqueda del préstamo hipotecario hay que tener en cuenta varios aspectos que iremos desarrollando en artículos posteriores:
- La vivienda deberá estar inscrita a nuestro nombre.
- El contrato de préstamo hipotecario es generalmente un contrato de adhesión.
- Es la inscripción en el Registro de la Propiedad la que constituye la hipoteca.
- Posibilidad de subrogación en la hipoteca anterior.
En cuanto al primer punto, el banco al que solicitemos la hipoteca nos exigirá para concederla que la vivienda esté inscrita a nuestro nombre. Además, antes de la firma del contrato de préstamo hipotecario, el notario tiene la obligación de darnos asesoramiento y resolver cualquier duda que se nos plantee sobre las condiciones del préstamo hipotecario que vamos a firmar, debiendo otorgar un acta previa a la firma del contrato, en la que conste que se ha cumplido con estos requisitos. El asesoramiento prestado por el Notario así como el otorgamiento del acta será totalmente gratuito.
Generalmente, la celebración del contrato de compraventa y la entrega del préstamo se producen de forma simultánea ante Notario. De esta manera, al tiempo del otorgamiento de la escritura acuden al Notario el vendedor, el comprador y el apoderado del banco, que procederá a entregar el importe del precio al vendedor. Posteriormente, mediante la inscripción en el Registro de la Propiedad se constituye la hipoteca, como ya hemos señalado.
Finalmente, los puntos restantes los trataremos en los artículos siguientes.